Código de Ética de AMPI – Artículo 2

Estimados lectores, el día de hoy para continuar con nuestro análisis sobre el código de ética de AMPI vamos a reflexionar sobre el artículo dos de este código. Para ello, cito textualmente dicho artículo.

Artículo 2.- El profesional inmobiliario tiene la obligación de estar al tanto de las condiciones del mercado de bienes raíces, pues entre otras, ocupan el primer lugar en función orientadora del cliente sobre el valor justo de la propiedad inmobiliaria”

Básicamente debemos ser conscientes que parte de nuestra responsabilidad como profesionales inmobiliarios es mantenernos al tanto de lo que sucede en nuestro mercado inmobiliario, es decir, debemos conocer los indicadores básicos del mercado como la oferta y la demanda, la inflación, el tipo de cambio, etc. Pero también debemos conocer de manera muy puntual como están los precios en el mercado de interés en el que nos movemos habitualmente. Esto significa que debemos conocer por lo menos la respuesta de las siguientes preguntas básicas ¿Cuál es el precio por metro cuadrado de terreno?, ¿Cuál es el precio por metro cuadrado de construcción?, ¿Cuál es el precio por metro cuadrado de renta?, ¿Cuáles son los factores que afectan a estos indicadores? ¿Cómo podemos obtenerlos?, etc. En otras palabras, debemos ser capaces de hacer un estudio de mercado recolectando la información necesaria de las fuentes correspondientes y confiables para dar sustento a nuestro estudio.

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¿Para qué nos sirve toda esta información? Primeramente, para orientar al cliente sobre el valor justo de la propiedad ¿Qué significa el valor justo de la propiedad?, permítaseme comentar la siguiente anécdota. Cuando yo inicie en este negocio sin ser profesional y sin capacitación alguna, me encontré con un cliente que deseaba vender su casa desde hacía varios años, así que fui a ver su casa, le tome fotografías y me dijo que el precio de su casa eran siete millones de pesos y que si yo la vendía me daría mi comisión del 3%. Incluso hablamos de firmar un contrato. Así que muy contento por la posibilidad de este negocio me puse a trabajar, pero me di cuenta que necesitaba saber más del tema e incluso asesoría de alguien que si supiera y me ayudara con este asunto. Por supuesto no fue sencillo, pero finalmente me encontré con quien ahora trabajo y es mi mentor de negocios, la Lic. Liliana Elena con quien fuimos a ver la casa se revisó la documentación necesaria y se hizo un avalúo comercial como corresponde, resulto que la casa por su ubicación, su construcción y condiciones necesarias de inversión solo tenía un valor comercial de dos millones ochocientos mil pesos. Después de eso, recuerdo perfectamente lo que la Lic. Liliana me dijo “Tu primera responsabilidad como profesional inmobiliario es hacerle saber al cliente el valor justo de su propiedad, es decir el valor comercial de acuerdo a las condiciones actuales de la propiedad y del mercado en el que se encuentra”.

Aquí es donde verdaderamente el mercado determina el precio real de la propiedad para que esta se venda, ya que no es posible vender una propiedad sobrevaluada sólo por que el cliente tiene su propio argumento o sentido común a su leal entender de que su propiedad vale “X” cantidad. Aquí es donde entra tu ética como agente inmobiliario profesional, pues en ese momento te das cuenta y eres consciente que la propiedad no vale lo que el cliente pretende, pues si por casualidad la vendieras con ese sobreprecio estarías lesionando terriblemente  los intereses económicos del cliente comprador aunque el haya aceptado el precio tal vez por ignorancia, pero tú en tu fuero interno sabes que no es lo correcto porque hay un sobreprecio que además es un abuso, un fraude y que en un momento dado te pueden sancionar o hasta demandar. Además, estarías faltando al artículo tres de tu código de ética, del cual hablaremos en la siguiente edición.

Desde aquí un saludo a todos mis compañeros inmobiliarios. Los invito a conocer más y profundizar en el uso de su código de ética.

Sobre el autor

 

Por Ing. Heliodoro León
Agente Inmobiliario Certificado EC0710